
SERVICIOS
Alquileres con garantías
Alquilar su vivienda puede ser una excelente forma de rentabilizar su patrimonio.
En Rosés Advocats Administradors sabemos que la gestión legal, tributaria y operativa de un alquiler es cada vez más exigente. Por eso, nos encargamos de todo para que usted no tenga que preocuparse por nada, ofreciendo un servicio personalizado y profesional tanto para propietarios como para arrendatarios.

Nuestro servicio incluye
- Selección cuidada del arrendatario, adaptada a sus necesidades. Analizamos el perfil socioeconómico, la solvencia (scoring) y otros factores clave para presentarle candidatos adecuados y fiables.
- Gestión integral de la oferta de alquiler. Estudio de mercado, cumplimiento normativo, reportaje fotográfico o de vídeo, elaboración de planos, publicación en portales especializados, selección de perfiles y realización de visitas.
- Redacción y formalización del contrato de arrendamiento. Contratos personalizados, redactados a medida, que garantizan el cumplimiento legal y se adaptan plenamente a las necesidades del propietario y a las particulares del inmueble.
- Tramitación del depósito de fianza y registro del contrato.

- Control y seguimiento de pagos. Supervisamos los ingresos mensuales y gestionamos de forma inmediata cualquier incidencia por impago.
- Actualización de la renta. Aplicamos las actualizaciones conforme a la normativa vigente: IPC, IRAV, IBI, gastos comunitarios, etc.
- Gestión de reparaciones y averías. Coordinamos cada intervención con profesionales de confianza, buscando siempre la mejor relación calidad-precio.
Si es propietario de un piso o local alquilado, realice sus trámites de forma rápida y sencilla en el Área de Clientes
- Cambio de cuenta
- Mis liquidaciones
- Mis contratos
- Otras consulta
Contacte con nosotros
Rellene el siguiente formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.
FAQs – Preguntas frecuentes
Para alquilar su vivienda de forma segura es imprescindible firmar un contrato de arrendamiento claro y adaptado a su caso. Este documento debe recoger:
- Precio del alquiler y duración del contrato
- Actualización de la renta y gastos a cargo del inquilino
- Obligaciones y responsabilidades de cada parte
- Información y documentación obligatoria
Actualmente en Catalunya (y en el Pais Vasco) existen limitaciones en el precio del alquiler (Zonas de Mercado Residencial Tensionado) que deben respetarse, debiéndose hacer constar una serie de datos en el contrato.
También es fundamental realizar un seguimiento de pagos, gestionar impuestos como el IBI, encargarse de las reparaciones y mantener una buena relación con la comunidad de vecinos.
En Rosés Advocats Administradors nos encargamos de toda la gestión del alquiler para que usted no tenga que preocuparse de nada. Contacte con nosotros aquí.
Un administrador de fincas colegiado ofrece tranquilidad, eficiencia y rentabilidad. Estas son sus funciones clave:
- Asesoramiento previo al alquiler.
- Búsqueda y selección de inquilinos solventes.
- Redacción del contrato conforme a la normativa vigente.
- Gestión durante el alquiler: cobros, actualización de renta, gestión de incidencias, mediación en desacuerdos e impagos.
- Finalización del contrato: comunicación dentro de los plazos legales, revisión del estado del inmueble y liquidación de la fianza.
En Rosés Advocats Administradors nos encargamos de toda la gestión del alquiler para que usted no tenga que preocuparse de nada. Contacte con nosotros aquí.
Si ha detectado una avería en la vivienda alquilada, notifíquenos lo antes posible a través del Formulario de averías. Nos pondremos en contacto con usted para gestionarla a la mayor brevedad.
Puede realizar este trámite fácilmente mediante el Formulario de cambio de cuenta.
Solicite su copia a través del Formulario Mis liquidaciones, y se la enviaremos a la mayor brevedad.
Solicite su copia mediante el Formulario Mis contratos y se la facilitaremos a la mayor brevedad.
Por Ley se exige una fianza obligatoria, mínima, de una mensualidad para viviendas y dos mensualidades para usos distintos de vivienda, aunque el propietario puede pedir una fianza de mayor importe. Para las viviendas existe una limitación legal de tres mensualidades.
Al finalizar el contrato, si el inmueble se devuelve en buen estado y al día en pagos, el propietario debe devolver la fianza íntegra al inquilino.
El inquilino no puede realizar obras ni modificaciones en la vivienda arrendada si no tiene autorización del propietario. Puede pintar, colgar cuadros o muebles, pero al finalizar el contrato debe reparar los desperfectos.
Los contratos de alquiler suelen incluir cláusulas que obligan al inquilino a contratar un seguro. Aunque no es obligatorio por ley, es altamente recomendable para estar protegido en caso de siniestros como incendios, roturas de cristales o daños por agua, que no cubriría el seguro del propietario, y pueden dar lugar a pagos e indmenizaciones de importe elevado.
Los seguros de arrendatario suelen cubrir también el robo, la pérdida de llaves y otras contingecias, que dan tranquilidad al inquilino, y todo ello con un coste muy reducido.
Consulte con nosotros y solicite presupuesto gratuito para un Seguro de Hogar sin compromiso. Contacte con nosotros aquí.
Según la Ley puede pactarse que el inquilino asuma el coste del IBI, aunque quien lo paga al Ayuntamiento es el propietario. Si así se acuerda debe constar en el contrato y en el recibo de alquiler debe constar separadamente de la renta.
Según el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), las partes pueden pactar que los gastos de Comunidad los asuma el inquilino, pero debe constar por escrito en el contrato. En ausencia de pacto, los gastos generales del inmueble, incluidos los de Comunidad, corresponden al propietario. La Ley 12/2023 refuerza la necesidad de transparencia en los contratos, por lo que es esencial que estos costes estén claramente detallados para que puedan repercutirse al arrendatario de forma válida.
Salvo contadas excepciones el inquilino debe pagar los suministros y tener los contratos con las compañías a su nombre.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el arrendador debe asumir las reparaciones necesarias para mantener la vivienda habitable, salvo que el daño sea imputable al inquilino, quien debe ocuparse de pequeñas reparaciones y mantenimiento por desgaste ordinario.
El inquilino deberá asumir las pequeñas reparaciones y mantenimiento que exija el desgaste por el uso ordinario (sustitución de bombillas, reparación de enchufes sueltos, sustitución de grifos, reparaciones menores en persianas…).
Según la Ley, la renta del alquiler puede actualizarse, lo que suele hacerse anualmente, y según el IPC (Índice de Precios de Consumo).
Pero en los contratos de vivienda habitual firmados desde el 26 de mayo de 2023, se aplica el nuevo Índice de Referencia de Alquileres de Vivienda (IRAV), que también publica el Instituto Nacional de Estadística.
- Debe declarar los ingresos como rendimientos del capital inmobiliario en el Modelo 100, incluyendo las rentas cobradas y los gastos deducibles.
- Es obligatorio declarar el alquiler aunque no haya beneficios y, si no ha estado alquilado todo el año, solo se declara el periodo alquilado.
- Se pueden deducir gastos como IBI, reparaciones (no mejoras), honorarios de gestión y seguro del hogar.
- Si el inquilino tiene menos de 35 años, pueden aplicarse reducciones adicionales.