Por Ley se exige una fianza obligatoria, mínima, de una mensualidad para viviendas y dos mensualidades para usos distintos de vivienda, aunque el propietario puede pedir una fianza de mayor importe. Para las viviendas existe una limitación legal de tres mensualidades.
Al finalizar el contrato, si el inmueble se devuelve en buen estado y al día en pagos, el propietario debe devolver la fianza íntegra al inquilino.